Agonizan las vacaciones Semana Santa 2023; inicia cuenta regresiva para el regreso a clases

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Las vacaciones de Semana Santa 2023 agonizan. Maestros y alumnos de nivel básico, es decir primaria, secundaria y preescolar, disfrutan de las últimas horas de este periodo de descanso contemplado el calendario escolar 2022 a 2023.

El calendario escolar de la Secretaría de Educación Pública (SEP) 2022 a 2023 establece que las vacaciones de Semana Santa se realizan del 3 al 14 de abril. Los estudiantes y maestros se reincorporan a clases el próximo lunes 17 de abril.

Regreso a clases con cambios en el calendario eescolar

Hace unos días se dieron a conocer algunos cambios en el calendario escolar 2022 a 2023 de la Secretaría de Educación Pública (SEP) federal. Los cuales implican la eliminación de días de capacitación docente y modificación en la fecha de fin de clases.

Los cambios se realizan en respuesta a diversas solicitudes por parte de docentes, madres y padres de familia que, sobre ese tema, recibió la SEP. Por tal motivo, el Taller Intensivo de Formación Continua para Docentes: Plan y Programas de Estudio para Educación Básica sin presencia de alumnos, previsto del 5 al 9 de junio, se trasladará a los días 20, 21, 24, 25 y 26 de julio.

En mensaje dirigido a la comunidad escolar con motivo de la Quinta Sesión del Consejo Técnico Escolar (CTE), se informó que se se eliminarán las dos semanas del Taller Intensivo de Formación Continua para Docentes: Plan y Programas de Estudio para Educación Básica con presencia de alumnos, previstas del 3 al 7 de julio y del 10 al 14 del mismo mes, para continuar el trabajo escolar como se desarrolla de manera cotidiana.

¿Cómo quedó el calendario escolar 2023?

Inicialmente, el calendario escolar SEP 2022 a 2023 aprobado consideraba la realización del Taller Intensivo de Formación Continua para Docentes en las siguientes fechas:

  • 5 al 9 de junio 2023 sin la presencia de alumnos
  • 10 al 14 de julio con la presencia de alumnos
  • 27 y 28 de julio sin la presencia de alumnos

La nueva propuesta de la SEP considera reducir los días de capacitación docente y cambiar la fecha para que quede de la siguiente forma:

  • 20 al 25 de julio sin la presencia de alumnos

Las principales implicaciones de estos cambios para los alumnos de preescolar, primaria y secundaria son las siguientes:

  • Se cancela la “semana extra de vacaciones” que los estudiantes tendrían del 5 al 9 de junio
  • Se adelanta el fin de clases del 26 al 19 de julio

⇒LEE TAMBIÉN. Calendario escolar 2023 Guanajuato. ¿Cómo queda con los cambios de la SEP?

Calendario 2023

De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, estos son los días festivos oficiales en México:

  • I. El 1o. de enero;
  • II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
  • III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
  • IV. El 1º de mayo;
  • V. El 16 de septiembre
  • VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
  • VII. El 1º de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
  • VIII. El 25 de diciembre, y
  • IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

Días festivos oficiales 2023

Durante el año 2023, estos serán los días feriados.

En 2023 habrá elecciones en Coahuila y Estado de México, donde se renovará gobernador.

¿Cómo se pagan los días festivos oficiales: doble o triple?

Si eres trabajador y tu patrón te pide trabajar en un día oficial no laborable, es importante que conozcas lo que señala el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo,

“Las y los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado.

“Adicional a lo anterior, si de acuerdo al calendario el día de descanso obligatorio llegará a coincidir con el día de descanso semanal, es decir el día domingo, la o el patrón deberá de cubrirle al  trabajador(a) el pago de la prima dominical que marca el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo el cual señala: Las y los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.

“Derivado de lo anterior las y los trabajadores recibirán el triple del salario por ese día, más la prima dominical”.

 

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