¿Cuánto aguinaldo me corresponde por año?

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El aguinaldo es una prestación que por ley deben recibir todos los trabajadores mexicanos.

Este derecho se establece en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, el cual marca que se otorgará como monto mínimo el equivalente a 15 días de salario, en el caso de los trabajadores de la iniciativa privada.

La fecha límite en que deberá entregarse el aguinaldo es el 20 de diciembre de cada año. En el caso de los empleados del sector público, el aguinaldo es a partir de 40 días. (En el caso de militares y docentes, ese es el monto que reciben.)

La forma de pago del aguinaldo deberá ser en la moneda de curso legal y la sanción por incumplimiento prevista consiste en una multa de 3 a 315 veces el salario mínimo, cuando el patrón no paga oportunamente o lo hace por un período menor a los 15 días de salario establecidos.

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Aguinaldo proporcional

La legislación señala que los empleados que por cualquier motivo no laboraron todo el año en una misma empresa, tendrán derecho al pago de la parte proporcional del aguinaldo, conforme al tiempo efectivamente trabajado (sin acumular inasistencias e incapacidades de enfermedad general).

En el caso de los trabajadores que renuncien y terminen su relación laboral con la empresa antes de la fecha límite de pago, recibirán la parte proporcional del aguinaldo conforme al tiempo que hayan trabajado en el año calendario.

Es decir, las personas que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.

Hay que señalar que por ley el aguinaldo no aumenta conforme a los años de servicio. Es decir, el monto que recibe un trabajador por tres años es el mismo al de un empleado que ha laborado cinco años en una empresa o institución.

Esta prestación la pueden recibir todos trabajadores de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes. Aplica para todas las personas que prestan sus servicios de manera subordinada a un patrón cuya relación de trabajo se rija por la Ley Federal del Trabajo.

La parte proporcional del aguinaldo se calcula dividiendo la cantidad de días del monto previsto anual entre los 365 días del año. Después, se multiplica el resultado por el número de días que se trabajó en el año, incluyendo los de descansos semanales y festivos.

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