Calendario 2023 editable en Excel para descargar

calendario 2023 xls
FB
TW
WA
Email
Telegram

Estamos a pocos días del comienzo del Año Nuevo 2023. Junto con los buenos propósitos y los rituales, comienza la planeación del mes de enero y, con ello, la necesidad de un calendario.

A continuación te compartiremos información útil sobre el próximo año y un calendario 2023 para descargar y emplear en tus actividades.

De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, estos son los días festivos oficiales en México:

  • I. El 1o. de enero;
  • II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
  • III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
  • IV. El 1º de mayo;
  • V. El 16 de septiembre
  • VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
  • VII. El 1º de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
  • VIII. El 25 de diciembre, y
  • IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

Días festivos oficiales 2023

Durante el año 2023, estos serán los días feriados.

En 2023 habrá elecciones en Coahuila y Estado de México, donde se renovará gobernador.

Vacaciones y Semana Santa 2023

Las vacaciones de Semana Santa serán del 3 al 14 de abril, de acuerdo con lo que señala el calendario escolar

El domingo de Ramos 2023 es el 2 de abril; jueves y viernes Santo caen el 6 y 7 de abril, respectivamente.

Calendario 2023 para descargar en Excel

Te compartimos este archivo en Excel de calendario 2023. Para descargarlo, da clic en este enlace.

Para descargar este archivo en Excel o como PDF debes dar clic en el menú Archivo, posteriormente elegir la opción Descargar y te desplegará una serie de opciones, entre las cuales se encuentra Excel y PDF.

calendario 2022 descargar excel

¿Cómo se pagan los días festivos oficiales: doble o triple?

Si eres trabajador y tu patrón te pide trabajar en un día oficial no laborable, es importante que conozcas lo que señala el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo,

“Las y los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado.

“Adicional a lo anterior, si de acuerdo al calendario el día de descanso obligatorio llegará a coincidir con el día de descanso semanal, es decir el día domingo, la o el patrón deberá de cubrirle al  trabajador(a) el pago de la prima dominical que marca el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo el cual señala: Las y los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.

“Derivado de lo anterior las y los trabajadores recibirán el triple del salario por ese día, más la prima dominical”.

 

FB
TW
WA
Email
Telegram
Notas relacionadas
Hoy en Unión Guanajuato
Scroll to Top