El Servicio de Administración Tributaria (SAT), informó desde el pasado mes de enero, que con la Reforma Fiscal 2022 entraría en vigor una nueva versión para la Facturación Electrónica.
De tal manera, que el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) pasará de la versión 3.3 a 4.0.
Al dar el anuncio, el SAT señaló que la nueva forma de facturación electrónica entraría en vigor el 1 de julio, dando los primeros seis meses del año, como periodo de transición.
Con ello, también se le pidió a las empresas a solicitar a sus empleados la Constancia de Situación Fiscal, que cuenta con toda la información fiscal del contribuyente, como el RFC, fecha de alta, régimen en el cual estás inscrito, obligaciones ante el fisco y domicilio fiscal, entre otros detalles.
Originalmente, el SAT anunció que la migración a la nueva versión de la Factura Electrónica sería el 30 de abril, sin embargo, decidió aplicar una extensión y dejarlo hasta el 30 de junio.
Se extiende el plazo para entrada de facturación electrónica 4.0
A pesar de que el SAT había dicho que no habría una extensión en el plazo para la entrada en vigor de la nueva versión de facturación electrónica, este 8 de junio informó que sí habrá una prórroga.
A través del comunicado 029/2022, el SAT informó que la entrada para los CFDI 4.0 con la nueva factura electrónica será el próximo 1 de enero de 2023.
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Con el propósito de otorgar facilidades a los contribuyentes para cumplir con sus obligaciones fiscales, el SAT informa que la nueva factura electrónica entrará en vigor hasta 2021.
Por lo que pide a las personas físicas y morales que ya utilizan la nueva versión 4.0 de la factura electrónica, a seguir usándola, con el propósito de socializar en el uso de la misma.
Mientras que quienes aún no la utilizan se les invita a continuar en el proceso de transición en lo que resta de este 2022.
¿Cuáles son los cambios en la Facturación Electrónica 4.0?
Los nuevos requisitos en los recibos de nómina obligan a los empleadores a registrar el nombre completo del trabajador y que el código postal de su domicilio fiscal coincida con la información que tiene el fisco.
Por ello, las empresas han solicitado a los trabajadores que tramiten la Constancia de Situación Fiscal con los datos actualizados para que puedan timbrar los recibos de nómina, aunque cabe aclarar que no es una solicitud directa del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
- Incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor.
- Tendrácampos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías.
- Identificará si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos.
- Incorporará nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como, aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas.
- Es obligatorio indicar el RFC, régimen fiscal y código postal del receptor.