Uso obligatorio del cubrebocas en San Miguel de Allende

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El cabildo del gobierno municipal de San Miguel de Allende aprobó por unanimidad el uso del cubrebocas en espacios públicos, transporte público y de actividad esencial; clausura temporal o definitiva de establecimientos y arresto hasta por 36 horas por desacato a estas medidas para prevenir y mitigar el contagio y propagación del coronavirus Covid-19.

Dichas medidas fueron publicadas en el Bando Municipal y entraron en vigor el primero junto del primero de mayo.

Conoce las medidas de San Miguel de Allende para el Covid-19

UN1ÓN Guanajuato te dice las medidas para prevenir y mitigar el contagio y propagación del Covid-19.

  • Uso obligatorio del cubrebocas en cualquier espacio de concurrencia esencial como transporte, vía pública, mercados públicos, supermercados, tiendas de autoservicio, de conveniencia, instituciones bancarias, financieras, etcétera.
  • Extenderán las medidas decretadas para la prevención, atención y contención del Covid-19, hasta el 30 de mayo del 2020 (incluye la suspensión de actividades no esenciales).
  • Si la Secretaría de Salud del gobierno federal decreta que San Miguel de Allende califica como de baja o nula transmisión, dejarán de implementarse las medidas el 18 de mayo de 2020.
  • Las autoridades municipales verificarán el cumplimiento de estas medidas sanitarias.
  • Fiestas y reuniones privadas podrán sancionarse, porque se presume generan peligros de contagio y riesgo a la salud pública.
  • Habrá sanciones administrativas por las autoridades sanitarias, sin perjuicio de las penas que correspondan cuando sean constitutivas de delito.
  • Las sanciones irán de amonestación con apercibimiento, multa, clausura temporal o definitiva y arresto hasta por 36 horas.
  • La sanción será con base a los daños que puedan producirse en la salud, a la gravedad, a las condiciones socio-económicas y a la calidad de reincidencia.
  • La multa es equivalente de hasta 100 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) – equivale a 8 mil 688 pesos.
  • En caso de reincidencia, dentro del periodo de vigencia, el monto de la multa será duplicado.
  • Procederá la clausura temporal o definitiva, parcial o total según la gravedad de la infracción.
  • Sanciones con arresto hasta por 36 horas a la persona que en rebeldía se niegue a cumplir los requerimientos y disposiciones.

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