SEDENA. ¿Cuántos días de vacaciones tienen los militares en el Ejército Mexicano?

SEDENA MILITARES MEXICO 2023 (5)
FB
TW
WA
Email
Telegram

La Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), como cualquier otra institución militar, ofrece a los miembros del Ejército Mexicano una variedad de prestaciones y beneficios.

Salario, Seguridad social a través del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM), vivienda, vacaciones, préstamos, son algunos de los beneficios que otorga la SEDENA a sus integrantes.

Debido a los riesgos que implica el servicio que realizan, los efectivos que forman parte del Ejército Mexicano y la Fuerza Aérea (FAM) reciben prestaciones como seguro de vida (tanto para fallecimiento en servicio como en situación de retiro), pagas de defunción, entre otras.

⇒ LEE TAMBIÉN. ¿Cuánto gana un soldado? Este es el sueldo más bajo en el Ejército Mexicano en 2023

LEE TAMBIÉN. Heroico, ¿la película que el Ejército Mexicano no quiere que veas?

LEE TAMBIÉN: Ejército Mexicano y Marina: Las tiendas y marcas que ofrecen descuentos a militares

Las pagas de defunción se otorgan cuando el militar muere; consisten en un apoyo para gastos funerarios por un monto de cuatro meses del haber de retiro que se encontraba percibiendo el militar al momento de su deceso.

Vacaciones en el Ejército

De acuerdo con el Reglamento de vacaciones para los miembros del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, los integrantes de la SEDENA disfrutará de veinte días hábiles de vacaciones al año.

En el caso del general secretario, sus vacaciones son autorizadas por el Presidente de la República, Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas. Los jefes, oficiales y tropa podrán disfrutar de sus 20 días de vacaciones en uno o dos periodos.

⇒LEE TAMBIÉN. SEDENA. ¿Cuánto gana un general en 2023? Estos son los sueldos más altos en el Ejército

En el caso del personal de sanidad militar que trabaje o esté expuesto “en forma continua y permanente a emanaciones radiológicas o nucleares, así como el que presta sus servicios en áreas de hospitales o enfermerías militares consideradas como infecto-contagiosas”, se dispone que disfrutan de treinta días hábiles de vacaciones al año, distribuidos en tres periodos de diez días cada cuatrimestre.

El documento mediante el cual se autoriza a los militares a hacer uso de vacaciones aprobadas se denominará oficio de vacaciones y contendrá las anotaciones siguientes:

  • I. Destinatario con grado y nombre.
  • II. Periodo de vacaciones que se le otorga.
  • III. Fechas en que disfrutará el beneficio.
  • IV. Lugar o lugares donde las disfrutará.
  • V. Obligaciones que tiene el destinatario para presentarse ante las autoridades militares correspondientes, mostrando el oficio de autorización.
  • VI. Obligación de presentarse ante la autoridad militar en caso de emergencia o necesidades del servicio.

Los Comandantes, Directores o Jefes de los Organismos o sus sustitutos firmarán el documento del personal a su mando. El oficio de vacaciones será suscrito por el superior inmediato correspondiente

Prestaciones que otorga SEDENA a los militares

El sueldo de los integrantes del Ejército Mexicano y Fuerza Aérea se compone de los siguientes rubros que te enlistamos a continuación:

Haberes

Remuneraciones al personal que desempeña sus servicios en el Ejército, Fuerza Aérea y Armada Nacionales.

Sobrehaberes

Remuneraciones adicionales que se cubre al personal militar en activo en atención al incremento en el costo de la vida o insalubridad del lugar donde preste sus servicios.

Compensación Técnica al Servicio

Asignaciones destinadas a cubrir servicios transitorios que presten los Diputados y Senadores del Congreso de la Unión y su personal administrativo, así como el personal civil y militar, diferentes a los señalados en la partida 13403 compensaciones por servicios especiales.

Compensación Garantizada

Asignaciones que se otorgan de manera regular y se pagan en función de la valuación de puestos y del nivel salarial a los servidores públicos de enlace, de mando y homólogos, en términos de los tabuladores autorizados.

Asignaciones Adicionales al Sueldo, Despensa y Ayudas para servicio

Importes en efectivo que el ejecutivo federal otorga a los servidores públicos de las dependencias y entidades como apoyo a la economía familiar. Incluye previsión social múltiple, compensación por desarrollo y capacitación, entre otras.

Asignaciones de Técnico Especial

Remuneraciones complementarias a los haberes de los Generales del Ejército y Fuerza Aérea, así como de los Almirantes de la Armada que sean autorizadas por el titular del ramo y las que éste mismo autorice en casos especiales para los Jefes y Oficiales del Ejército y Fuerza Aérea, Capitanes y Oficiales de la Armada.

Fondo de Ahorro (F.A.)

Asignaciones destinadas a cubrir las cuotas que corresponden al Gobierno Federal para la constitución de este fondo, en los términos de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

Seguro Colectivo de Retiro (S.C.R.)

Asignaciones destinadas a cubrir las primas que correspondan a las dependencias y entidades, por concepto del seguro colectivo de retiro del personal a su servicio, según acuerdos contractuales establecidos.

Impuesto Sobre la Renta (I.S.R.)

Es el pago a que están obligadas las personas físicas y las morales, conforme a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, aplicándose al personal militar en cumplimiento a lo estipulado en el Título IV, Capítulo I de esta Ley y mismo Título y Capítulo de su Reglamento.

Prima vacacional

Anualmente se cubre 20 (veinte) días de haberes (sueldo base) por concepto de prima vacacional.

Aguinaldo

40 (cuarenta) días de haberes (sueldo base) por concepto de gratificación de fin de año.

Prima de perseverancia

De conformidad con la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, se cubren los siguientes porcentajes como prima de perseverancia en base en el haber mensual:

Años de servicio Porcentajes
10 10%
15 15%
20 20%
25 25%
30 30%
35 35%
40 40%
45 45%
50 50%

Además, al personal que acredita estudios a nivel licenciatura y que reúna los requisitos establecidos por esta SEDENA, se le otorga una “Asignación de Técnico” equivalente al (40% del haber) mensual.

 

FB
TW
WA
Email
Telegram
Notas relacionadas
Hoy en Unión Guanajuato
Scroll to Top