¿Cuánto ganan los militares? Estos son los sueldos más bajos en el Ejército Mexicano y la Marina

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Los soldados, marineros y cabos son los militares que perciben los sueldos más bajos en la Secretaría de Marina Armada de México (SEMAR) o la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA).

En comparación, los integrantes del Ejército Mexicano tienen un ingreso menor. Mientras que un marinero, rango más bajo en el escalafón militar de la SEMAR, percibe un sueldo de 18 mil 459.83 pesos; los soldados tienen un ingreso mensual de 14,734.83 pesos. En ambos casos se trata de un ingreso bruto.

En tanto que un cabo que forma parte de la Marina tiene un haber mensual bruto de 19 mil 678.60 pesos; su equivalente en el Ejército Mexicano gana 15 mil 525.92 pesos.

Los sueldos más bajos en la Secretaría de Marina

  • Cabo → 19,678.60 pesos (NETO); 17,228.82 pesos  (BRUTO)
  • Marinero → 18,459.83 pesos (NETO); 16,293.49 pesos (BRUTO)

Los sueldos más bajos en la Secretaría de la Defensa Nacional

  • Cabo → 15,525.92 pesos (NETO); 13,406.97 pesos (BRUTO)
  • Soldado → 14,734.83 pesos (NETO); 13,406.97 pesos (BRUTO)

Además de su sueldo o haber mensual, los militares reciben una serie de prestaciones como fondo de ahorro, seguro de vida, servicio médico integral, becas, entre otros.

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Prestaciones Armada de México

La Marina detalla que a los civiles interesados en unirse a sus filas ofrece prestaciones de Ley y superiores, como:

  • un servicio médico integral,
  • fondo de ahorro,
  • becas,
  • seguro de vida militar,
  • préstamos hipotecarios,
  • compensaciones de servicios,
  • fondo de la vivienda militar,
  • haberes de retiro,
  • 20 días de vacaciones,
  • entre otras.

Beneficios al pertenecer al Ejército y FAM

Los hombres y mujeres que ingresan a la SEDENA tienen acceso a las siguientes prestaciones y beneficios a partir de que están en activo:

I. Servicio médico integral para el militar y sus derechohabientes;

II. Prestaciones y beneficios económicos al ingreso al Instituto Armado

    • Haber y sobrehaber mensual.
    • Primas vacacionales.
    • Compensación de fin de año.
    • Fondo de ahorro.
    • Compensación por servicios.
    • Seguro de vida.
    • Seguro colectivo de retiro.
    • Ayuda para gastos de sepelio en caso de defunción de derechohabientes del militar.
    • Pagas de defunción en caso de muerte del militar.
    • Servicio funerario.
    • Centros de bienestar infantil.
    • Farmacias económicas.
    • Tiendas y centros de servicio.
    • Casa habitación en renta.
    • Periodos vacacionales y otorgamiento de licencias ordinarias.
    • Pensión para los derechohabientes en caso de muerte del militar.
    • Servicios turísticos realizados mediante convenios con sociedades civiles y otras Dependencias Federales.
    • Becas ISSFAM (para hijos del personal militar con jerarquía de Soldado a Sargento 1/o.).
    • Convenios con universidades e instituciones educativas para realizar estudios a nivel superior, maestría y doctorado dependiendo de la escolaridad con que cuente el interesado.
    • Becas y créditos de capacitación científica y tecnológica dependiendo de la escolaridad con que cuente el interesado.

Otras prestaciones y beneficios económicos para el personal del Ejército Mexicano que cumple ciertos requisitos:

  • Haber de retiro después de 20 años de servicios prestados al Instituto Armado.
  • Casa hogar para retirados para personal retirado con más de 60 años de edad.
  • Préstamos Quirografarios Normal (a partir 1 Año, 2 Meses de tiempo de servicios para jerarquía de Soldado hacia adelante), Especial (a partir de 10 años de tiempo de servicios para personal de Sargentos 2/os. y Cabos y de 8 Años para Sargento 1/o.).
  • Préstamos hipotecarios para personal de tropa con más de 7 años de servicios por parte del Banco del Ejército y con 10 años por parte del I.S.S.F.A.M.
  • Reconocimientos y recompensas con motivo de actos sobresalientes en las diferentes actividades que desarrolla en el Ejército Mexicano.
  • La posibilidad de ingresar a alguno de los planteles militares de formación de la SEDENA, a fin de superarse profesionalmente.

Haberes

Remuneraciones al personal que desempeña sus servicios en el Ejército, Fuerza Aérea y Armada Nacionales.

Sobrehaberes

Remuneraciones adicionales que se cubre al personal militar en activo en atención al incremento en el costo de la vida o insalubridad del lugar donde preste sus servicios.

Compensación Técnica al Servicio

Asignaciones destinadas a cubrir servicios transitorios que presten los Diputados y Senadores del Congreso de la Unión y su personal administrativo, así como el personal civil y militar, diferentes a los señalados en la partida 13403 compensaciones por servicios especiales.

Compensación Garantizada

Asignaciones que se otorgan de manera regular y se pagan en función de la valuación de puestos y del nivel salarial a los servidores públicos de enlace, de mando y homólogos, en términos de los tabuladores autorizados.

Asignaciones Adicionales al Sueldo, Despensa y Ayudas para servicio

Importes en efectivo que el ejecutivo federal otorga a los servidores públicos de las dependencias y entidades como apoyo a la economía familiar. Incluye previsión social múltiple, compensación por desarrollo y capacitación, entre otras.

Asignaciones de Técnico Especial

Remuneraciones complementarias a los haberes de los Generales del Ejército y Fuerza Aérea, así como de los Almirantes de la Armada que sean autorizadas por el titular del ramo y las que éste mismo autorice en casos especiales para los Jefes y Oficiales del Ejército y Fuerza Aérea, Capitanes y Oficiales de la Armada.

Fondo de Ahorro (F.A.)

Asignaciones destinadas a cubrir las cuotas que corresponden al Gobierno Federal para la constitución de este fondo, en los términos de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

Seguro Colectivo de Retiro (S.C.R.)

Asignaciones destinadas a cubrir las primas que correspondan a las dependencias y entidades, por concepto del seguro colectivo de retiro del personal a su servicio, según acuerdos contractuales establecidos.

Impuesto Sobre la Renta (I.S.R.)

Es el pago a que están obligadas las personas físicas y las morales, conforme a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, aplicándose al personal militar en cumplimiento a lo estipulado en el Título IV, Capítulo I de esta Ley y mismo Título y Capítulo de su Reglamento.

Prima vacacional

Anualmente se cubre 20 (veinte) días de haberes (sueldo base) por concepto de prima vacacional.

Aguinaldo

40 (cuarenta) días de haberes (sueldo base) por concepto de gratificación de fin de año.

Con información de la Secretaría de Marina y la Defensa Nacional

 

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