¿Cuánto tiempo tarda el SAT en devolver el saldo a favor? | Declaración de impuestos

Declaración anual. Días para recibir la devolución
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El mes de la declaración anual comenzó y el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ha implementado nuevas herramientas para que los contribuyentyes puedan realizar este trámite fiscal de una manera más sencilla.

Se trata de un trámite que los contribuyentes realizan para informar sobre sus ingresos y las deducciones anuales que hayan hecho por concepto del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Una de las buenas noticias cuando presentas tu declaración anual ante el fisco, es que los contribuyentes tienen la oportunidad de reportar gastos para la deducción de impuestos. Esto a su vez,  pueden  generar un saldo a favor para pagar menos tributos, o bien cumplir ciertos requisitos para obtener una devolución de impuestos y de esta manera, recibir algo de dinero.

⇒LEER TAMBIÉN: Declaración anual 2022. Esto debes hacer para que el SAT devuelva tu saldo a favor

¿Quienes deben presentar la declaración anual de impuestos?

Asalariados que:

  • Tuvieron 2 o más empleadores en el último año.
  • Sus ingresos excedieron los 400 mil pesos en el último año.
  • Recibieron sueldo de empresas en el extranjero que no tengan obligación de hacer retenciones en México.
  • Recibieron conceptos de indemnización o jubilación.
  • Trabajadores bajo el régimen de honorarios (Servicios Profesionales).
  • Aquellos que cobran rentas o hicieron una venta de un bien inmueble.
  • Quienes realicen actividades empresariales, a menos que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal.
  • Los que obtuvieron ingresos por concepto de intereses reales que superaron los 100 mil pesos.

Aunque se tiene la idea de que quienes reciben el pago de su salario a través de una nómina no deben declarar impuestos no siempre es así.
Si eres asalariado, pero tu caso cae en alguna de estas categorías, sí debes considerar hacer la declaración anual de impuestos:

  • Terminaste tu relación laboral antes del último día del año.
  • Obtuviste ingresos de dos empleadores simultáneamente.
  • Recibiste otros ingresos además del salario.
  • Tu sueldo provino de un empleador que no realiza retenciones.
  • Recibiste una indemnización laboral.
  • Oficinas del SAT ampliarán sus horarios en abril

¿Cómo puedes tener un saldo a favor en tu declaración de impuestos?

De acuerdo con la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, en su artículo 2, fracción II, todos los contribuyentes tienen derecho a: “obtener, en su beneficio, las devoluciones de impuestos que procedan en términos del Código Fiscal de la Federación y de las leyes fiscales aplicables”.

Dicho derecho consiste en que cuando tengas saldo a favor podrás solicitar las devoluciones que te correspondan.

Esto ocurre cuando al efectuar el cálculo de tus impuestos, resulta que pagaste más de lo que debías. Por lo que puedes solicitar ante el SAT que te sea devuelta la cantidad.

¿Cómo se solicita  el saldo a favor de la declaración anual ante el SAT?

De manera automática

Para hacer valer tu derecho el SAT facilita el proceso de devolución ofreciendo la posibilidad de recibir el saldo a favor automáticamente.

Esta facilidad administrativa aplica a todas las personas físicas que presenten su declaración anual del ejercicio fiscal anterior al año en curso. Y se ubiquen en los supuestos siguientes:

  • Señalen la opción de devolución en la declaración anual del ejercicio.
  • Presenten su declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable, según corresponda, conforme a lo siguiente:
  1. Si el saldo a favor es igual o menor a 10 mil pesos, puedes presentar la Declaración anual con Contraseña.Si el saldo a favor es mayor a 10 mil pesos y no excede
  2. de 150 mil pesos podrás presentar tu declaración anual con Contraseña, siempre y cuando selecciones una cuenta CLABE activa a 18 dígitos ya precargada en el aplicativo, misma que deberá estar a nombre del contribuyente. En caso de capturar una cuenta CLABE distinta a las precargadas, deberás presentar la declaración utilizando la e.firma o la e.firma portable.
  3. Si el saldo a favor es de 10 mil 1 pesos a 150 mil pesos, la declaración anual se presentará utilizando la e.firma o e.firma portable.
  • Señalen un número de cuenta CLABE a 18 dígitos, ésta deberá estar activa y a nombre del contribuyente como titular, así como la denominación de la institución integrante del sistema financiero a la que corresponda dicha cuenta, para que, en caso de que proceda el importe autorizado en devolución sea depositado en la misma.
  • La cuenta CLABE es única por contribuyente, es decir, no puede ser manifestada por ningún otro contribuyente.

Si el saldo a favor de la declaración anual excede de 150 mil pesos no podrás aplicar la facilidad de solicitar tu devolución en forma automática. Sin embargo, podrás solicitar la devolución del saldo a favor a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED).

Consideraciones

  • Para que proceda la devolución en forma automática de la declaración anual del ejercicio fiscal anterior, debes presentarla a más tardar el día 31 de julio.

No podrán aplicar la facilidad de solicitar devolución en forma automática cuando:

  • Hayan obtenido durante el ejercicio fiscal anterior, ingresos derivados de bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.
  • Soliciten la devolución por ejercicios fiscales distintos al año anterior.
  • Presenten solicitud de devolución vía Formato Electrónico de Devoluciones (FED), previo a la obtención del resultado de la declaración anual.
  • Presenten la declaración anual normal o complementaria, del ejercicio fiscal anterior, no habiendo elegido opción de devolución.
  • Se trate de contribuyentes cuyos datos estén publicados en el Portal del SAT, al momento de presentar su declaración anual de conformidad con lo dispuesto en los párrafos penúltimo, fracción III y último del artículo 69 del CFF, así como a los que se les haya aplicado la presunción establecida en el artículo 69-B del mismo Código, una vez que se haya publicado en el DOF y en el Portal mencionado el listado a que se refiere el cuarto párrafo del citado artículo 69-B.
  • Soliciten la devolución con base en comprobantes fiscales expedidos por los contribuyentes que se encuentren en la publicación o el listado a que se refieren los artículos 69 o 69-B del CFF.
  • Al contribuyente se le hubiere cancelado el certificado emitido por el SAT de conformidad con lo establecido en el artículo 17-H, fracción X del CFF, durante el ejercicio fiscal anterior.

SAT ampliará sus horarios para hacer la declaración

Además, con el objetivo de brindar los servicios necesarios y facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, se extenderán los horarios de atención en oficinas durante los días hábiles de abril de 8:30 a 18:00 horas. Los sábados 2, 9, 23 y 30 de abril de 9:00 a 16:00 horas.

La fecha límite para que las personas físicas obligadas presenten su Declaración Anual es el 30 de abril.

¿En qué tiempo se resuelve una solicitud de devolución de saldo a favor?

El SAT señala en su portal oficial, que las devoluciones deberán efectuarse dentro del plazo de los cuarenta días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud ante la autoridad fiscal.

Sin embargo, de acuerdo con información del propio SAT, en el año 2020 la devolución del saldo a favor se realizó en promedio a los 5 días de solicitarlo

 

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